En su trato diario con los ciudadanos, la administración tiene que, en algunas ocasiones, hacer uso de su poder para sancionar. La misma, se aplica mediante el procedimiento administrativo sancionador.
En el siguiente artículo se dan detalles acerca de cómo funciona y cuáles son los principios establecidos mediante la ley. Además se explica el desarrollo de las fases del procedimiento.
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¿Qué es el procedimiento sancionador y donde se regula?
El procedimiento sancionador no es más que el conjunto de actos mediante los cuales la Administración ejerce la potestad que le es asignada.
Está regulada en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se considera una propiedad del procedimiento administrativo común.
Este proceso tiene como objetivo garantizar los derechos de los administrados, refutando las sanciones dictadas de plano. El resultado es la sanción de las infracciones administrativas mediante esta potestad.
¿Cuáles son sus principios generales?
Se sabe que existen una serie de principios generales del Derecho penal para regir el procedimiento administrativo sancionador. Pero de la misma forma, hay algunos principios concretos que debes conocer:
Todo el proceso debe desarrollarse respetando el principio de acceso permanente. Sobre esta base, el interesado conoce su estado de tramitación, accede y tiene copias de los documentos relacionados con el proceso. Así también, tendrá la capacidad de aportar cuantos documentos estime apropiados.
De llegar a la conclusión que el desacato ya ha prescrito, el órgano correspondiente no procederá a dar inicio al procedimiento sancionador. En cambio, si esta prescripción ocurre ya iniciado el proceso, el mismo debe concluir de inmediato. En ambos casos será notificado a los interesados el acuerdo adoptado.
El proceso normal de un procedimiento sancionador, contando con que el infractor haya asumido la responsabilidad, es bastante sencillo. Es suficiente con que esto ocurra para imponer la sanción correspondiente. La misma acaba de forma automática con el pago voluntario.
Se reconoce entre las fases de instrucción y de resolución, las cuales deben ser llevadas a cabo por diferentes órganos.
¿Qué fases hay en el procedimiento sancionador?
Antes de comenzar el proceso, se pueden efectuar actuaciones previas con el fin de justificar el comienzo del mismo. Son realizadas por los órganos a los cuales se les ha atribuido estas funciones. Todo esto viene establecido en el artículo 55 de la LPACAP.
La iniciación siempre comienza por acuerdo del órgano implicado. Se procede habiendo sido notificado el infractor, por propia iniciativa, petición razonada u orden superior.
En esta fase son comprobados los hechos y realizado el proceso defensivo correspondiente. En la notificación del comienzo del juicio, debe constar por escrito que los interesados pueden hacer las alegaciones y presentar los documentos que consideren oportunos.
La resolución es la fase final del procedimiento administrativo. Hay casos en los que la conclusión será ejecutiva y otros en los que no lo será. En caso de no serlo, podrán adoptarse las disposiciones cautelares necesarias para asegurar su eficacia.
¿Cuál es la caducidad del procedimiento sancionador?
Existe una idea equivocada acerca del plazo en el que caducan los procedimientos sancionadores. El pensamiento general es que estos expiran a los 6 meses.
La caducidad del proceso sancionador será la establecida por cada ley sectorial. Pero si es cierto es que el plazo no puede exceder de 6 meses a no ser que sea dictaminada una norma con rango de ley.
Al ser la actividad de la Administración obstáculo para la resolución de un procedimiento sancionador, esta provoca la caducidad del mismo.